La Circulación

curva

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LA CIRCULACION

Antes de ingresar a la calzada debe verificarse que el vehículo se encuentra en adecuadas condiciones de seguridad y que posee toda la documentación exigible. Circular con la adecuada prevención, conservando en todo momento el dominio efectivo del vehículo en relación a las circunstancias del tránsito. Mantener la derecha y respetar el señalamiento vial. La legislación argentina establece con toda claridad que aquél conductor que no respete estrictamente las reglas de conducción asume la responsabilidad civil y penal, por todo accidente y daños que puedan ocasionarse a terceras personas. Igualmente, quien ceda el rodado a otra persona es solidariamente responsable por los daños que esta pudiera producir con el vehículo.

PROPIEDADES

El conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha. La prioridad de paso rige independientemente de quien ingresó primero en la misma.
La prioridad de paso desde la derecha se pierde solamente:

  • ante la señalización especifica en contrario (señal de pare, ceda el paso, etc.).
  • cuando se trata de un vehículo de urgencia, en cumplimiento de su función,
  • cuando se ingrese a una autopista o semiautopista (en este caso los que ingresan siempre deben detener su marcha),
  • en una rotonda,
  • cuando se desemboque a una vía pavimentada desde otra de tierra,
  • cuando se circula al costado de las vías férreas, respecto al vehículo que sale del paso a nivel,
  • cuando se haya detenido la marcha o se vaya a girar para ingresar a otra vía.

Si se dan varias excepciones entre sí la prioridad será según el orden de enumeración.
Para cualquier otra maniobra goza de prioridad quien conserve su derecha. En cuestas estrechas debe retroceder el que descienda para posibilitar el paso del que asciende, salvo que aquél lleve acoplado y el que asciende no. La nueva Ley Nacional de Tránsito estipula que si se circula por el carril izquierdo y se halla detenido o disminuye sensiblemente la marcha quién circula por el carril derecho el primer móvil no debe superar la línea del segundo, ante la presunción que dicha detención o disminución obedezca al avance de otro vehículo por la arteria contraria.

LOS ADENLATAMIENTOS

Siempre debe adelantarse por la izquierda.

Quién sobrepase a otro vehículo debe:

  • Verificar que la vía esté libre, con distancia suficiente para evitar todo riesgo (especialmente el choque de frente);
  • que a su vez no esté por ser sobrepasado;
  • contar con visibilidad suficiente;
  • abstenerse de iniciar la maniobra si se aproxima una esquina; curva; cuesta; puente o lugar peligroso;
  • advertir a quién lo precede, con un destello de luces frontales o bocina (solo en zona rural);
  • colocar la luz de giro izquierdo, hasta concluir el desplazamiento lateral;
  • sobrepasar rápidamente;
  • retomar la derecha con suavidad, con la luz de giro a la derecha incendida.

Quien va a ser superado debe:

  • indicar a quién lo sigue que puede generar peligro el sobrepaso, colocando la luz de giro izquierda,
  • evitar acelerar;
  • adscribirse lo más posible hacia su derecha.

Excepcionalmente, se puede superar por la derecha cuando:

  • el vehículo a sobrepasar ha indicado su intención de detenerse o de girar hacia la izquierda;
  • cuando un embotellamiento hace que la fila de la izquierda no avance o circule más lento.

LA VELOCIDAD

El factor velocidad es el que tiene mayor incidencia en la siniestridad. La regla general es que siempre debe circularse a una velocidad tal que el conductor pueda mantener el perfecto control de su rodado en toda circunstancias. Ante esta regla los límites de velocidad que determina la reglamentación son meramente indicativos y jamás autorizan a desplegar una velocidad superior a las que indica la prudencia. Aun el “mejor” conductor se cruza con algún imprudente o distraído, y es allí donde la “capacidad” de manejo es ineficaz si está viajando a velocidades inadecuadas. En numerosos sectores la autoridad pública puede fijar límites máximos y mínimos de velocidad; que deberá señalizar adecuadamente para información de los conductores. Fuera de los mismos la Ley nacional de Tránsito establece parámetros convencionales, según diversas pautas.
El siguiente cuadro permitirá apreciar cuáles son los límites de velocidad que prevé.

La Ley dispone valores de velocidad máxima:

en semiautopista: automóviles y motovehículos autorizados: 120 Km/h.

los restantes automotores: los mismos valores estipulados para rodar por zona rural. en autopista: 130 Km/h, los automóviles y motovehículos autorizados.

100 Km/h, el resto de los rodados autorizados.

Regulaciones complementadas por la Ley nacional de tránsito.

Circunstancias en donde debe limitarse la velocidad:

  • Encrucijadas sin semáforo: 30 km/h
  • Paso a nivel sin barreras: 20 Km/h
  • Proximidad de escuelas, estadios y sitios de gran afluencia de personas: 20 Km/h
  • Microcentro: 20 Km/h
  • Rutas nacionales o provinciales que atraviesan zonas urbanas (según dispone la Ley nacional de tránsito): 60 Km/h, salvo señalización en contrario.

Otras circunstancias en las que necesariamente bebe limitarse la velocidad:

  • cuando la parte libre de la calzada sea muy estrecha,
  • cuando las veredas tengan un ancho inferior a dos metros,
  • en cruces y curvas,
  • al llegar a cruces peatonales y zonas de precaución,
  • ante semáforos en amarillo,
  • cuando el pavimento esté mojado o en condiciones desfavorables (arena, pedregullo, hielo, etc.)
  • cuando existan obras en la vía pública,
  • cuando lo indiquen loa agentes de control de tránsitos.

Deberá reducirse la velocidad a “paso hombre” en:

  • cruces de calles peatonales,
  • vías públicas con gran densidad de circulación de peatones,
  • proximidad de establecimientos escolares en horarios de entrada y salida de alumnos.

LAS CURVAS

Las curvas exigen procuraciones especiales, si no se ingresa en ellas con el vehículo dominado, existe el riesgo de derrapar o salirse de la vía. En muchos casos se produce el choque frontal.

Precauciones al ingreso de una curva:

  • observar sus características, visibilidad y estado de la calzada.
  • Reducir la velocidad: frenado suavemente. Es muy importante que esta operación se realice antes de entrar a la curva. Mantenerse junto al borde derecho de la calzada.

Durante la curva se debe:

  • acelerar progresivamente con suavidad, para que las ruedas se adhieran mejor.
  • Girar el volante suavemente evitando los movimientos bruiscos.

Al salir de la curva debemos:

  • girar el volante suavemente para enderezar la dirección,
  • aumentar progresivamente la aceleración y cambiar relaciones de marcha más larga, para favorecer la adquisición de velocidad.
  • Nunca se debe adelantar en las curvas (salvo que haya varios carriles por sentedo y que las condiciones de seguridad lo permitan).

CURVAS DE VISIBILIDAD REDUCIDA

En estas curvas el centro de la calzada suele estar marcado con una línea longitudinal continua amarilla indicando que, está totalmente prohibido adelantarse. En las rutas que carecen de marcas viales, se deben extremar las precauciones.

GIROS

Reglas que se deben observar para girar:

  • Respetar estrictamente la señalización.
  • Advertir la maniobra con suficiente antelación; mediante la luz de giro respectiva (la que se manterndrá hasta salir del giro) y reforzar la indicación con el brazo, cuando vaya a ingresar en una vía de poca importancia o en un predio frentista.
  • Evitar interferir con la trayectoria de los vehículos que lo siguen,
  • Adscribirse al lado hacia el cuál se apresta a girar, desde 30 mts. antes del giro.
  • Nunca gire en “U” (es una maniobra de sumo riesgo).

ROTONDAS

La circulación en las mismas debe ser siempre: Ininterrumpida, sin detenciones, dejar a su izquierda, la zona central no transitable, – nunca detenerse en rotonda. – Tiene prioridad de paso el que circula por ella sobre el que intenta ingresar debiendo cederla al que egresa, salvo señalización en contrario.

 

 

VIAS SEMAFORIZADAS

Sabemos que la luz verde indica “avanzar”; pero ella no exime de adoptar todas las precauciones que manda la prudencia. Aún con luz verde no corresponde avanzar si aún restan vehículos que transitan por la arteria contraria, ni cuando no haya suficiente espacio para colocar su rodado enfrente, de tal manera que de hacerlo su vehículo quedará bloqueando la encrucijada.

La luz roja indica “detenerse”, cuando se enciende antes que hayamos cruzado la línea de frenado que se halla antes de ingresar en la bocacalle o en lugar de su demarcación. Jamás debemos adelantarnos a la luz verde aún cuando veamos que la arteria contraria cuenta con luz roja. La luz roja intermitente advierte un cruce de gran peligrosidad; detener la marcha y sólo reiniciarla cuando se observe que no existe riesgo alguno.

La luz amarilla indica “precaución” y exige que adoptemos las máximas precauciones para detenernos o para acelerar moderadamente e estamos transitando por una encrucijada ya que se apresta a liberarse la vía contraria. La luz amarilla intermitente advierte la presencia de un cruce muy peligroso.

En vías semaforizadas de doble mano no se debe girar a la izquierda savo que haya señal que lo permita.

Ante un paso a nivel ferroviario, la campanilla de advertencia (cuando la hay) y el comienzo del descenso de la barrera equivalen a la luz amarilla del semáforo.

CIRCULACION EN AUTOPISTAS

El carril izquierdo se utilizará para desplazarse con la máxima velocidad permitida. En el ingreso debe cederse paso a los que ya circulan por esta vía.

Las siguientes reglas son aplicables, también, en caso de semiautopistas:

  • Debido al alto riesgo está prohibido detenerse o estacionarse; realizar carga o descarga de mercaderías; circular peatones, ciclomotores maquinaria especial, bicicletas o vehículos a tracción a sabre.
  • Los vehículos accidentados o con desperfecto deben procurar colocarse lo más lejos posible de la calzada y retirarse remolcados con la mayor rapidez.

USO DE LAS LUCES

Siempre que la luz “natural” sea insuficiente deben encenderse; según las siguientes regulaciones:

LUZ BAJA

Son obligatorias, excepto cuando corresponda el uso de las altas, en cruces ferroviarios y al llegar a la cima de una cuesta.

LUZ ALTA

Obligatorias en zona rural y autopistas.

Deben cambiarse a bajas para evitar encandilar cuando:

  • se vaya a cruzar con otro vehículo que avanza de frente
  • al aproximarse a otro rodado por detrás
  • durante la noche si hay niebla (la misma refracta la luz y Ud. Puede autoencandilarse)

LUCES DE POSICION

Chapa patente y adicionales indicadoras Siempre deben permanecer encendidas junto con las bajas.

ROMPENIEBLAS Y DE RETROCESO

Se utiliza en el caso específico.

DESTELLO O GUIÑO

Se usan en los cruces y para advertir los sobrepasos

LUCES INTERMITENTES DE EMERGENCIA O BALIZAS INCORPORADAS

Se utilizan para indicar la detención en zona de peligro o cuando debe realizar alguna maniobra de riesgo imprescindible.

LUCES INFERIORES

No se pueden utilizar durante la marcha pues pueden encandilarlo; excepto la llamada luz de cortesía o de mapa que está expresamente instalada para que no incida sobre el rostro del conductor

BUSCAHUELLAS Y REFLECTORES SUPLEMENTARIOS

Solo se autorizan en la zona rural; adoptando las mayores precauciones posibles para no encandilar. En ciudad deben estar permanentemente cubiertas por un protector opaco.

MANIOBRAS PELIGROSAS Y PROHIBÍDAS

Muchas veces no somos conscientes del gran peligro que implican algunas maniobras para nuestra integridad y para terceros. Seguidamente se mencionan algunas de ellas:

  • Circular en zig-zag.
  • Hacer giros o cambios de carril sin hacer las indicaciones necesarias.
  • Circular o detenerse sobre separadores de tránsito (isletas o franjas dobles).
  • Estacionar en la calzada de rutas o autopistas.
  • Circular por la izquierda a baja velocidad.
  • No mantener las distancias de seguridad con quién precede la marcha. La distancia recomendada es aquella que a la velocidad de circulación lo separa en tiempo, 2 segundos del coche precedente.
  • Obstruir la trayectoria de otros rodados circular marcha atrás por una larga extensión.
  • Cruzar un paso a nivel cuya media barrera se encuentre baja.
  • Transportar materiales que desprendan polvillo o escorias.
  • Efectuar lavados, desfiles, cortejos fúnebres; filas de escolares.

EL ESTACIONAMIENTO

El estacionamiento es cada vez más crítico debido al enorme aumento del parque automotor y a la falta de previsiones edilicias que aseguren la absorción de vehículos.

Usualmente parece que no llegamos a tener conciencia de que un rodado mal estacionado ocasiona múltiples trastornos a otros conductores, a los peatones, y que incluso, puede ocasionar un grave accidente a terceros; además de perjudicar la fluidez del tránsito.

Por tal motivo las acciones que emprende la autoridad para el control del mal estacionamiento no son de tipo menor.

El estacionamiento debe realizarse paralelo al cordón dejando entre vehículos un espacio no menor a 50 cm., maniobrando sin empujar. Las restricciones al estacionamiento siempre deberán estar señalizadas; salvo que se traten de aquellas de tipo general. Entre las prohibiciones que no requieren señakización indicamos:

  • Estacionar en doble o múltiple fila.
  • Estacionar sobre parques, plazas y otros espacios verdes.
  • Estacionar en los primeros 20 metros de cada cuadra (zona para ascenso/descenso o parada de taxis.
  • Estacionar en los últimos 30 metros de la cuadra (parada de colectivos).
  • Estacionar sobre la acera, sendas y calles peatonales.
  • Estacionar frente a templos, hospitales, estaciones de servicio, teatro, cines y establecimientos similares.
  • Estacionar sobre mano izquierda.
  • Estacionar en la ochava, pues obstruye la visual de quienes llegan a la esquina incrementando notoriamente la posibilidad de colisiones

La ochava es el espacio que queda comprendido entre la prolongación imaginarias de las líneas de edificación paralelas a la calzada de las arterias que confluyen en la esquina

Tampoco se permite estacionar en contramano pues la colocación del rodado puede llevar a confusión a otros conductores que pueden llegar a creer que la calle circula en sentido contrario.

Salvo indicación en contrario, el estacionamiento debe realizarse sobre la derecha de la calzada y dejando libre los siguientes sectores:

  • Los primeros metros de cada cuadra. Estos se destinan para el ascenso y descenso de pasajeros y cargas livianas, o bien como paradas de taxis
  • Los últimos 30 metros de la cuadra dado que afecta a la parada de colectivos
  • En calles de doble mano sin cantero central, el estacionamiento debe realizarse exclusivamente sobre la vereda de los números pares. El estacionamiento en ángulo, sólo puede realizarse en aquellos sectores especialmente demarcados.

El ingreso y salida de las escuelas presenta importantes problemas de seguridad. Es imposible que existan espacios suficientes para estacionar todos los vehículos de los padres y los transportes escolares a la vez en 30 o 40 metros. Es cuestión de tomar conciencia también sobre el riesgo para nuestros hijos al estacionar el vehículo en doble fila obligando a los niños a circular entre vehículos estacionados, con el peligro de que un corrimiento de la fila los deja atrapado entre los rodados. Los padres deben estacionar sus vehículos en otras cuadras donde no existan escuelas o en playas de estacionamiento y hacer un pequeño recorrido a pie. Esto permite que la circulación se mantenga dentro de los parámetros normales y que los transportes escolares tengan mayor comodidad para operar. No hay que olvidar que los transportes escolares llevan muchos niños y tienen menos posibilidad de cuidarlos a todos mientras están en la vereda.

Vehículos de grandes dimensiones

En todo el radio de la ciudad está prohibido estacionar camiones, colectivos, casas rodantes, remolques y vehículos especiales en la vía pública, aun en aquellos sectores en los que pueden estacionar vehículos menores.

Estacionamiento de Motocicletas.

Sobre la acera izquierda (si tiene de 2m. de ancho), paralela al cordón, al lado del cordón, es decir, lejos de la línea de edificación, sin ningún tipo de ataduras o encadenamientos al mobiliario urbano y/o arbolado. Las mismas no pueden estacionar si pierde aceite o cualquier otro fluido.

FRANQUICIAS DE ESTACIONAMIENTO Y DE CIRCULACIÓN

Los vehículos afectados a la atención de emergencias: ambulancias, patrulleros, autobombas, etc, conforman un primer grupo de aquellos que poseen franquicia legal para circular y estacionar. Incluso, en determinadas circunstancias puedentransponer un semáforo en luz roja. Los transportes escolares poseen franquicia para estacionar frente a las escuelas. Los rodados utilizados por discapacitados también poseen franquicias; siempre que los conduzca su titular. Los móviles periodísticos acondicionados como “estudios rodantes” afectados a tareas de exteriores; transportes postales y bancarios; coches utilizados por funcionarios públicos cuya actividad determine que imprescindiblemente están realizando actividades para las que requiera el móvil, maquinaria rodante afectada a tareas de reparación de la vía pública o luminarias; constituyen otros casos en que pueden existir franquicias de diversas modalidades.

COMPARENCIA ANTE EL TRIBUNAL DE FALTAS DE ROSARIO

Toda acta de infracción municipal da lugar a un procedimiento contavencional que tramita ante el Tribunal Municipal de Faltas, sito en el antiguo edificio de la Aduana (Av. Bergrano y Sargento Cabral), tercer piso. El horario de funcionamiento es de 8 a18 hs. Las nuevas instalaciones inauguradas a fines de 1998, permiten la aplicación de un moderno sistema informático que brinda gran seguridad al trámite y que le imprime mucha celeridad.

Este sistema es modelo en todo el país.

El acta es un documento público elaborado por un agente de control que contiene las explicaciones y las circunstancias en que se ha producido un hecho u omisión punible por la reglamentación de tránsito. El agente de control no tiene facultad alguna para anularla ni perdonarla.

El imputado de una falta, si se encuentra en el lugar, tiene derecho a que se le entregue el duplicado del acta y podrá luego concurrir con ella al tribunal para hacer su descargo. Incluso puede solicitar la agente que deje constancia en el acta (sector de observaciones) Aquellas circunstancias que a su juicio pudieran tener relevancia para el juzgamiento de su responsabilidad.

La firma del acta de infracción, no constituye aceptación de la responsabilidad por el hecho ni de la sanción pertinente.

Si el conductor no de hallare presente en el momento de labrarse el acta, el inspector debe dejar la copia en el rodado. (generalmente en su parabrisas).

Pocos días después de labrada un acta, le llegará al domicilio del imputado un formulario que le permitirá abonarla en forma voluntaria, con una quita en el importe de la sanción aplicada. En caso de que desee presentarse ante el juez de Faltas para realizar su descargo, podrá hacerlo y allí tendrá la posibilidad de presentar todas las pruebas que estime pertinentes. Se debe concurrir con el registro de conductor y toda la documentación del rodado.

Tenga presente que si Ud. concurre en representación de una persona jurídica (sociedad, asociación, etc.) debe llevar, además, el instrumento legal que justifique su representación (contrato, poder, nombramiento, etc.) en las debidas condiciones jurídicas.

Todo lo que tenga que ver con el procedimiento ante el Tribunal de Faltas está regulado en el Código de Faltas Municipales, Ordenanza Nº 2783.

Las causas de remisión de un rodado al depósito municipal son muy variadas.

Algunas de ellas se detallan a continuación:

  • Carencia de cualquier elemento de la documentación necesaria para circular.
  • Que el vehículo esté obstruyendo la vía pública (generalmente en caso de estacionamiento en doble fila, mano izquierda, en parada de ómnibus, etc.)
  • Escapes libres o deficientes
  • Alcoholización del conductor
  • Carencia de cualquiera de los elementos de seguridad imprescindibles para circular
  • Tener instalados elementos prohibidos en el rodado (defensas, malacates, enganches sobresalientes, etc.)
  • Deficiencias peligrosas en la carrocería (falta de guardabarros; salientes de chapa peligrosas derivadas e algún choque, etc)

Para retirar el rodado del depósito será imprescindible la liberación otorgada por el juez de faltas. Previo a ello, se debe haber regularizado la causa de la remisión y acreditar poseer toda la documentación necesaria, así como tener el rodado en condiciones técnicas y de seguridad para circular.

Debido a los problemas que suelen producirse en este punto, la cédula verde debe hallarse en vigencia, caso contrario debe concurrir a la colaboración del titular registral.

Además debe abonar la tasa de acarreo por grúa y si corresponde, la tasa de estadía. Para el pago de la sanción e multa, el tribunal le concederá un plazo de 30 días desde el juzgamiento. En algunos casos podrá celebrar un convenio para el pago en cuotas.

MOTOVEHÍCULOS

Englobamos en este tipo de vehículos a las motos, motonetas, ciclomotores, scooters, triciclos, cuatriciclos, motos son sidecar, motocargas y similares. Por sus particulares característica son muy peligrosos ya que cualquier caída puede generar graves consecuencias para la vida o la integridad física de los conductores. Precisamente por ser mucho más peligrosos que el resto de los vehículos, la ley dispone a quien resuelva usarlos inevitablemente tenga que cargar con una medida de seguridad y precaución característica: Uso del casco protector No basta con llevar el casco, es necesario tenerlo colocado cada vez que se utiliza una moto y usarlo debidamente abrochado (para impedir que salga despedido en caso de accidente, y no cumpla con su función).

No todo casco resulta admisible.

Es fundamental que cada uno se adecue a las condiciones de uso. Cuanta mayor velocidad desarrolla el vehículo, tanto mayor debe ser la resistencia del elemento de seguridad. Por este motivo el casco no puede tener abollones ni fisuras. Estos daños disminuyen la resistencia al impacto, poniendo en riesgo la vida del usuario.

Las motos y los acompañantes

Estos últimos asumen riesgos muy marcados. Por efecto de las leyes físicas, en el caso de colisión, el acompañante tiende a ser despedido como por una catapulta, mientras que el conductor instintivamente se aferra al manubrio y por ello tiende a acompañar la caída de la moto. En consecuencia es imperios la necesidad de que el acompañante tenga siempre su casco debidamente colocado y quien conduce tenga presente la particular vulnerabilidad de la persona que transporta.

También por razones de seguridad está prohibido llevar más de un acompañante por motovehículo debido a que con mayor peso cambian las condiciones de maniobrabilidad del rodado y la posibilidad de accidentes se incrementa significativamente. En los ciclomotores está absolutamente prohibido llevar acompañante.; la reducida capacidad frenante y otras características particulares, desaconsejan que estos rodados carguen con el peso extra de un acompañante, especialmente porque en las curvas puede generarse una inestabilidad que provoca accidentes. La prohibición rige aun en los casos que el rodado viene equipado de fábrica con un asiento doble.

La importancia de ser visto

Uno de los problemas que incide sobre la seguridad de los motociclistas es que algunos conductores de otros vehículos no llegan a percibirlos adecuadamente en medio de las incidencias del tránsito. Aquí es cuando más que nunca aparece la necesidad de ser visto.

Una sencilla recomendación incrementará el índice de seguridad de todo motociclista:

Circular con luces encendidas.

De esta manera, aun de día, su presencia se destacará nítidamente en el tránsito, logrando que los restantes usuarios de la vía pública adviertan su cercanía.

BICICLETAS

Para la conducción de bicicletas rigen todas las normas que regulen la circulación de rodados en general: circular en sentido indicado; obligación de respetar el señalamiento vial; no conducir en zig-zag; etc.

Deben estar equipadas con espejos retrovisores y elementos retroreflectivos en pedales y ruedas. Además deben llevar una luz blanca adelante y una roja atrás para facilitar su detección en la noche.

Para conducir bicicletas no se requiere licencia.

En muchos lugares de la ciudad existen bicisendas en donde las bicicletas pueden circular con exclusividad.

El uso de casco protector no es obligatorio pero siempre es aconsejable y conveniente para asegurar la integridad física de la persona que la conduce en caso de caídas.